Peru (Viceroyalty)
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Gazeta del gobierno de Lima

Lima 3 de agosto de 1798

Don Joseph de Armendariz, marques de Castel-fuerte

Reglamento para el gobierno del Monte pio de viudas, y pupilos de oficiales militares de la comprehension del vireynato del Perù

El Excmo. señor conde de la Monclova virrey destos reynos &c. en despacho de 27. de abril deste año

Don Teodoro de Cróix, caballero de Cróix, y del Orden Teutonico

En real orden de 10. de noviembre del anterior año se previene al Excmo. señor virrey lo siguiente =

Tomo primero de las ordenanzas del Peru

Don Teodoro de Cróix, caballero de Cróix, y del Orden Teutonico

Ordenanzas que han de obervar los contadores de la intervencion de las administraciones generales de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos del Perù, y Chile

Reglamento para las milicias de infantería y caballería de la Isla de Cuba

Memorias de los vireyes que han gobernado el Perú, durante el tiempo del coloniaje español

Don Melchor de Nauarra y Rocafull, cauallero del Orden de Alcantara, duque de la Palata, principe de Massa, de los Consejos de Estado, y Guerrra de su Magestad, virrey, gouernador, y capitan general de estos Reynos del Peru, Tierrafirme, y Chile, &c

Don Melchor Portocarrero Lasso de la Vega, conde de la Monclova, comendador de la Zarza, en el Orden, y Caualleria de Alcantara, del Consejo de Guerra de su Magestad, y Iunta de Guerra de Indias, virrey gouernador, y capitan general de estos Reynos, y Prouincias del Perù, Tierrafirme, y Chile, &c

Instruccion, ó advertencias, que consiguiente à lo prevenido en el articulo 118. de la de intendentes se dan à sus subdelegados, y demas encargados de la cobranza de tributos

Ordenanzas que deben observar los administradores generales de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos del Perù, y Chile

Ordenancas que el señor Marques de Cañete visorey, de estos reynos del Piru mando hazer para el remedio de los excessos, que los corregidores de naturales hazen entratar, y contratar con los indios

Reglamento para las dotaciones de los navios de la Real Armada, que internaren, y servieren en la Mar del Sur

Ordenanzas que han de observar los thesoreros de las administraciones generales de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos del Perù, y Chile

Aranzel de los jornales, que se han de pagar a los indios

Don Jorge Escobedo y Alarcon, caballero de la real y distinguida Orden de Carlos III. Del consejo de S.M. en el Real y Supremo de Indias, intendente de Exército, gobernador intendente de esta capital y sus partidos, y superintendente general subdelegado de Real Hacienda de este Reyno del Perú

Ordenanzas para el govierno de la labor de monedas de oro, y plata que se fabricaren en la Real Casa de Lima

Reglamento para el gobierno del monte pio de viudas, y pupilos, de los ministros de las audiencias, tribunales de cuentas, y oficiales de la Real Hacienda, de la comprehension de este Vireynato del Perù

Ordenanzas, que para el nuevo establecimiento en la distribucion, y recaudacion de la limosna de la santa bula

Ordenanzas que han de observar los visitadores generales de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos, y provincias del Perù, y Chile

Ordenanzas que han de observar los fieles de tercenas de los estancos de estos Reynos del Perù, y Chile. Año 1759. De orden de Su Magestad

Ordenanza para la ereccion de diputado de el comercio de la Villa Imperial de Potosí

Reglamento para el gobierno del monte pio de viudas, y pupilos, de los ministros de las audiencias, tribunales de cuentas, y oficiales de la Real Hacienda, de la comprehension de este Vireynato del Perù

Sobre que no se carguen los indios deste reyno

Ordenanzas que han de observar los factores de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos, y Provincias del Perù, y Chile

Ordenanzas que han de observar los fieles de almacenes de la Direccion General del Real Estanco del Tavaco de estos Reynos del Perù, y Chile

A V.S. Reserua de tributo, mitas, y seruicios personales a los hijos maiores de los caciques principales

El Presidente, y Oidores de la Audiencia, y Chancilleria Real, que reside en la Ciudad de los Reyes, de estos Reynos del Perù

Don Melchor de Navarra, y Rocafull, de el Orden de Alcantara, duque de la Palata, principe de Massa

En la Ciudad de los Reyes, en veinte dias del mes de marco de mil y seiscientos y cinquenta y cinco años

D. Jose Fernando de Abascal y Sousa, marques de la Concordia española del Peru

Ordenanzas para el govierno de la labor de monedas de oro, y plata que se fabricaren en la Real Casa de Lima

Don Melchor Portocarrero, Laso de la Vega conde de la Monclova

Arancel general de los derechos de los oficiales de esta Real Audiencia

Reglamento de sueldos, y prest asi para la tropa veterana de infanteria, y caballería; como para las milicias de una y otra clase quando se ponen sobre las Armas, que debe observarse en todo el distrito de este virreynato

Don Teodoro de Cróix, caballero de Cróix, y del Orden Teutonico

Don Melchor de Nauarra y Rocafull, cauallero del Orden de Alcantara, duque de la Palata, principe de Massa, de los Consejos de Estado, y Guerrra de su Magestad, virrey, gouernador, y capitan general de estos Reynos del Peru, Tierrafirme, y Chile, &c

Tomo primero de las ordenanzas del Peru

En real cedula de 10 de junio del anterior año previno S.M. al excelentìsimo señor virrey, haber nombrado al señor don Josef Antonio de Areche

Ordenanzas que han de observar los estanqueros del por menor de las capitales, y provincias de estos Reynos del Perù, y Chile

Memorias de los vireyes que han gobernado el Perú

Ordenanzas generales, para el govierno de la Real Renta del Tavaco de estos Reynos, del Perù, y Chile

Ordenanza para la ereccion de diputado de el comercio de la ciud. de S.-tiago del Reyno de Chile
![Cover of Para que el repartimiento o pueblo que pretendiere ser reuisitado por falta de indios sean obligados [sic] a traer certificacio[n] del corregidor o sacerdote, de como auiendo ju[n]tado el comun del, co[n]uino la mayor parte en que se pidiesse la tal reuisita, y no lo trayendo no se les ha de conceder](https://covers.openlibrary.org/b/id/7210404-M.jpg)
Para que el repartimiento o pueblo que pretendiere ser reuisitado por falta de indios sean obligados [sic] a traer certificacio[n] del corregidor o sacerdote, de como auiendo ju[n]tado el comun del, co[n]uino la mayor parte en que se pidiesse la tal reuisita, y no lo trayendo no se les ha de conceder

Memorias de los vireyes que han gobernado el Perú, durante el tiempo del coloniaje español